Desconcentración del poder en Venezuela

Universidad Fermín Toro

Escuela de comunicación social, catedra políticas comunicacionales.

estudiante: Gustavo Herrera.

Descentralización:

es el proceso de distribuir o dispersar funciones, poderes, personas o cosas fuera de una ubicación o autoridad central. Si bien la centralización, especialmente en el ámbito gubernamental, es ampliamente estudiada y practicada, no existe una definición o comprensión común de la descentralización. El significado de la descentralización puede variar en parte debido a las diferentes formas en que se aplica.​ Los conceptos de descentralización se han aplicado a dinámicas de grupos, empresas y organizaciones privadas.

Características:

Transferencia de competencias desde la administración central a nuevos entes morales o jurídicos.

El Estado dota de entidad jurídica al órgano descentralizado.
Se le asigna un patrimonio propio y una gestión independiente de la administración central.

El Estado solo ejerce sobre estos.

Se basa en un principio de autorquía (organización política y económica de un Estado fundada en el autoabastecimiento).

La descentralización refuerza el carácter democrático de un Estado y el principio de participación colaborativo consagrado en numerosas constituciones de la tradición jurídica hispanoamericana.



Centralización:

La centralización del poder, por otra parte, está vinculada al Gobierno nacional o federal que asume las facultades atribuidas a organismos locales. Esto quiere decir que todas las decisiones proceden del mismo centro (el Gobierno nacional), por lo que las autoridades de las provincias, ciudades, localidades, etc. pierden poder y autonomía.


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Importancia:

Ayuda a disminuir el mal uso de recursos, evitando la corrupción, y participación de personas que puedan desviar el objetivo deseado.

Desconcentración:


Es la transferencia de la titularidad y ejercicio de una determinada competencia de un órgano jerárquicamente superior a uno inferior perteneciente a la misma administración pública.

Esta técnica de traslación de competencias suele tener por sujetos a un órgano de carácter central frente a otro territorialmente limitada, pero puede también darse la desconcentración de un órgano jerárquicamente superior a otro inferior aún cuando ambos tengan la misma competencia territorial.

La Constitución establece que el principio de desconcentración debe regir la actuación de la administración pública, junto a los principios de eficacia, jerarquía, descentralización y coordinación.

La desconcentración es un principio organizativo opuesto a la acumulación de funciones en órganos centrales mediante el que se pretende conseguir un mayor acercamiento de la administración al ciudadano.

A diferencia de la delegación, la desconcentración supone el traslado de la titularidad de la competencia y no sólo del ejercicio de ésta.

Características:

1.La atribución de competencias se realiza directamente por el ordenamiento jurídico.
2. La competencia se confiere a un órgano medio o inferior dentro de la jerarquía.
3. La competencia se confiere en forma exclusiva lo que significa que ha de ejercerse precisamente por el órgano desconcentrado y no por otro.
4. El superior jerárquico no responde por los actos del órgano desconcentrado más allá de los poderes de supervisión propios de la relación jerárquica y no puede reasumir la competencia son en virtud de nueva atribución legal.

La desconcentración en Venezuela

Se trata de una técnica de distribución administrativa de funciones y tareas sin consecuencias de fondo en la democratización de una sociedad, porque no implica traslado de poder de decisión.

En la Constitución de 1821 se indicó que los Gobernadores de cada Provincia fueran electos localmente sin interferencia centralizada.
En la Carta Magna de 1857 se destacaba la importancia de los Ayuntamientos para la vida ciudadana de los Municipios. Crearon Corporaciones Cantonales para fomentar el desarrollo local y el Ejecutivo dispuso en instituir el aporte patrimonial como un preludio del situado constitucional.
La Constitución de 1871 sancionó el derecho que le asistía a los estados para administrar sus propios recursos naturales y aprobó que los Tribunales de Justicia podían actuar independientes a la Corte de Caracas. 
Es oportuno señalar que, en la fundación de la democracia venezolana, las organizaciones empresariales, sindicales, estudiantiles y hasta la Iglesia intervinieron con una modesta y relativa importancia y  ciertamente  en un segundo nivel de participación, ello dio pie para que los partidos políticos se erigieran en las organizaciones integradoras básicas del sistema político.

Planes Nacionales:

Un plan nacional es un instrumento fundamental para organizar el desempeño de la acción del Estado Venezolano en función de alcanzar los grandes objetivos contenidos en la Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela.

Plan de la Nación 1979-1984. Capítulo VIII. Organización Social y Participación:

Los planteamientos y las propuestas de este plan implicaron un salto cualitativo trascendente en el tema de la participación ciudadana. De hecho, por primera vez en la historia del sistema político venezolano se colocó en el tapete el tema de la democracia participativa.

Plan de la Nación 1984-1988. Capítulo V. Lineamientos de Acción:

Así como en el plan anterior el tema de la participación social cobró un inusitado entusiasmo e incluso un replanteo de la democracia por su sentido participativo; el 7mo. Plan de la Nación le otorgó un tratamiento renovado, agregando la privatización de entes públicos.

Plan de la Nación 1989-1994. Capítulos Compromisos Social, Crecimiento Sin Inflación, Cambio Institucional:

Tuvo un desarrollo multisectorial del tema de la participación en la gestión gubernamental. El Gran Viraje como también se le conoció propuso como objetivo lograr una democracia moderna y eficiente, capaz de propiciar un ambiente para que las decisiones colectivas incorporen las voces de todos los afectados, generando una nueva cultura nacional de participación y concertación.

Noveno Plan de la Nación 1995. La Agenda Venezuela Continuó la inclusión del tema de la participación social en sus diversos componentes:

En el sector educativo se planteó el fortalecimiento de la participación de las comunidades en la gestión de las agencias educacionales así como el carácter participativo de la educación oficial y privada. Muy ligado al punto inmediatamente anterior y en materia ambiental, se planteó el impulso de la educación ambiental para alcanzar un desarrollo sustentable; otorgándole, en este campo, un papel relevante a las organizaciones no gubernamentales de orden ambientalista.

Plan Estratégico de Salud y Desarrollo Social 2000-2006:

Ha servido de orientador a la acción gubernamental en el área; aun cuando su implementación debe saltar todos los obstáculos que supone realizar cambios profundos que lesionan intereses de grupos poderosos.

Plan Nacional Estratégico de la Tecnología de la Información y la Comunicación en el Sector Educativo Nacional 2002-2007:

Este plan tiene como objetivo el incrementar la calidad, democratización y pertinencia del proceso educativo nacional y la efectividad y eficiencia de la administración y la gestión del Ministerio del Poder Popular para la Educación.

Plan de Alfabetización Tecnológica:

Es un Programa de la Misión Ciencia, cuyo objetivo se centra en la capacitación en el uso y manejo del computador y de las herramientas de ofimáticas como procesador de texto, hojas de cálculos, diseños de diapositivas, y uso del correo electrónico para la apropiación social de las TIC.

Plan de la Patria 2013-2019:

Es una serie de programas de gobierno y leyes venezolanas presentada inicialmente por Hugo Chávez y posteriormente por el presidente Nicolás Maduro, que tienen una periodicidad de 6 años. Los documentos están basado en la ideología de Hugo Chávez, chavismo, y en el socialismo del siglo XXI.

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